La revisoría fiscal DIAN está en el centro del debate. Mientras la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales intensifica sus controles y monitoreo en tiempo real, las empresas colombianas descubren que ya no basta con “hacer las cosas bien”: ahora deben demostrarlo con evidencia dura, trazable y bien archivada.
En este contexto, el rol del revisor fiscal pasa de ser un “veedor de confianza” a convertirse en el gestor de la evidencia que puede marcar la diferencia entre una fiscalización tranquila o una tormenta de requerimientos, sanciones y cierres.
Tabla de contenidos
Lo que deben saber las empresas sobre la devolución de saldos a favor
Por qué se forman saldos a favor en IVA y en renta
En la vida real, los saldos a favor aparecen por dos razones típicas:
IVA: cuando el IVA descontable (compras, insumos, servicios, importaciones) termina siendo mayor al IVA generado (ventas gravadas).
Renta: cuando le practicaron muchas retenciones durante el año y, al final, su impuesto real es menor; o cuando hay pagos en exceso.
Esto ocurre bastante en públicos como:
Exportadores (bienes o servicios) y cadena exportadora.
Productores de bienes exentos.
Empresas a las que les practican retención de IVA y quedan “cargadas” de saldo.
Contratistas y proveedores de grandes pagadores (retenciones fuertes).
Empresas preoperativas o en expansión (inversión alta + ventas iniciales bajas).
Devolución vs compensación: la decisión de caja
Cuando hay saldo a favor, normalmente hay tres caminos: arrastrarlo a periodos siguientes, compensarlo con impuestos a cargo o pedir devolución. La DIAN indica que los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor pueden solicitar devolución.
En términos de caja:
Devolución: busca recuperar dinero/valor lo más pronto posible.
Compensación: se usa para “pagar” obligaciones futuras o actuales con ese saldo; puede convenir si usted sabe que tendrá impuestos altos a cargo pronto.
Plazos DIAN: 15, 20, 30 y 50 días (qué significa cada uno)
Aquí está la “noticia útil” para la mayoría de empresas: la DIAN contempla diferentes términos, dependiendo del tipo de solicitud y condiciones del contribuyente.
15 días: devolución automática
Si usted cumple requisitos para devolución automática, el término señalado es de 15 días desde la radicación.
¿Quiénes aplican? La norma que reglamenta el procedimiento (Decreto 963 de 2020) señala condiciones relacionadas con análisis de riesgo y trazabilidad (por ejemplo, un porcentaje alto de costos/gastos/IVA descontable soportado con factura electrónica).
Clave práctica: si usted quiere aspirar a “automática”, su contabilidad y sus soportes deben estar muy “limpios”: proveedores formales, facturación electrónica bien soportada, cruces coherentes y cero improvisación.
20 días: solicitudes con garantía
Si la solicitud se presenta con garantía a favor de la Nación, el término indicado es 20 días.
Clave práctica: puede ser una vía para agilizar, pero hay que evaluar si el costo/gestión de la garantía le compensa frente a su necesidad de liquidez.
30 días: casos específicos
La DIAN también contempla un término de 30 días para ciertos casos específicos.
Clave práctica: si su empresa está en un sector que recurrentemente cae aquí (por ejemplo, ciertos perfiles vinculados a exentos), conviene armar un proceso interno periódico (mensual o bimestral) para que la solicitud salga “en automático” desde el punto de vista operativo (no desde la norma).
50 días: término general
Para los demás casos, el término general es 50 días desde la solicitud presentada oportunamente y en debida forma.
Clave práctica: en el “término general”, la velocidad depende muchísimo de evitar requerimientos. Cada requerimiento es tiempo y, normalmente, estrés.
Quiénes aplican en IVA: exportadores, exentos y retenciones
Ojo con este punto, porque en IVA no siempre es “tengo saldo y ya me devuelven”. La DIAN explica que, en IVA, el saldo a favor solo puede ser solicitado por ciertos responsables (por ejemplo, exportadores art. 481; productores de bienes exentos art. 477; responsables de ciertos bienes/servicios; y también casos relacionados con retenciones).
Exportadores (art. 481)
Ojo con este punto, porque en IVA no siempre es “tengo saldo y ya me devuelven”. La DIAN explica que, en IVA, el saldo a favor solo puede ser solicitado por ciertos responsables (por ejemplo, exportadores art. 481; productores de bienes exentos art. 477; responsables de ciertos bienes/servicios; y también casos relacionados con retenciones).
Productores de bienes exentos (art. 477)
En bienes exentos, el modelo es parecido: el IVA de la cadena se paga, pero la salida tributaria puede permitir devolución/compensación del saldo a favor según reglas aplicables.
Clave práctica: documente bien la relación entre compras gravadas y ventas exentas. La historia debe ser clara y coherente.
Retenciones de IVA y otros responsables
En cadenas B2B es muy común que a una empresa le practiquen retenciones; eso puede influir en el saldo a favor de IVA. La DIAN incluye dentro de los casos de IVA situaciones donde procede la solicitud para responsables determinados, incluyendo escenarios vinculados a retención.
Clave práctica: aquí la clave no es “tener saldo”, sino poder explicarlo con soportes, cruces, certificados y consistencia entre periodos.
Requisitos que más revisan antes de devolver
Término de 2 años, RUT y consistencia de la declaración
Si su objetivo es SEO de ventas, este bloque es oro, porque responde lo que la gente busca: “¿qué tengo que tener listo para que no me lo rechacen?”
Término de 2 años, RUT y consistencia de la declaración
La DIAN señala condiciones generales, como:
Que exista saldo a favor en la declaración (ej. casilla de “total saldo a favor”).
Que la solicitud se haga dentro del término aplicable (por ejemplo, dos años contados desde el vencimiento para declarar en declaración privada, u otras reglas si hay liquidación oficial).
Mantener el RUT y la situación del contribuyente en orden (sin suspensiones/cancelaciones que afecten el trámite).
Radicación virtual y documentos clave
Además, hay reglas operativas que parecen pequeñas, pero hacen la diferencia. Por ejemplo, la DIAN indica que un trámite virtual iniciado debe ser radicado dentro de un plazo (si no, el sistema puede cerrar el proceso).
En la práctica, los documentos que más pesan suelen ser:
Certificación bancaria correcta (titularidad, NIT, cuenta activa, datos impecables).
Soportes contables y fiscales coherentes con lo declarado.
Organización del expediente (no “adjuntar por adjuntar”).
Clave práctica: piense el trámite como una “auditoría chiquita” de su propio saldo a favor. Si usted mismo no lo puede explicar rápido, la DIAN menos.
Cómo pagan el saldo a favor: cuenta bancaria o TIDIS
Este punto es clave cuando hablamos de saldos grandes (exportadores y empresas con retenciones fuertes, especialmente).
Menos de 1.000 UVT: abono a cuenta
La DIAN indica que cuando el valor a devolver es inferior a 1.000 UVT, el pago se realiza mediante abono a cuenta bancaria informada en la solicitud.
Más de 1.000 UVT: TIDIS
Cuando supera 1.000 UVT, el pago se hace mediante TIDIS (Títulos de Devolución de Impuestos). El ABC de devoluciones menciona este mecanismo y que estos títulos se expiden de forma automática en la entidad indicada, con posibilidad de negociación en el mercado secundario.
Clave práctica: cuando le pagan en TIDIS, su estrategia de caja cambia. Por eso, antes de radicar, conviene proyectar: ¿necesito el dinero en cuenta o puedo manejar el flujo vía TIDIS/compensaciones?
Errores comunes que frenan la devolución (y cómo evitarlos)
Si usted quiere que su devolución salga rápido (y sin dolor), evite estos tres clásicos:
Inconsistencias entre lo declarado y lo soportado
Ejemplo típico: cifras de IVA descontable que no se sostienen con documentos del periodo.
Soportes incompletos o desordenados
No es solo “tenerlos”, sino que estén bien adjuntados, legibles y coherentes.
Radicar tarde o a medias
El trámite virtual tiene reglas operativas y tiempos; si se incumplen, se pierde impulso y toca repetir.
Consejo rápido: haga un “prechequeo” antes de radicar: conciliación de cuentas de impuestos, revisión de facturación, control de proveedores y consistencia de periodos.
Checklist rápido por tipo de empresa (para no improvisar)
1) Exportadores y cadena exportadora
Control mensual de IVA descontable vs IVA generado.
Carpeta de soporte por operación (contratos, facturas, trazabilidad).
Validación de elegibilidad y consistencia (IVA).
2) Productores de bienes exentos
- Matriz simple: compras gravadas → producción → ventas exentas.
- Soportes claros por periodo (no todo “al final del año”).
- Preparación para requerimientos: explique el “por qué” del saldo a favor.
3) Empresas con retención de IVA
- Cruce de certificados/soportes de retención vs declaración.
- Revisión de terceros (proveedores y clientes) y su formalidad.
4) Contratistas y proveedores de grandes pagadores (renta)
Proyección de retenciones vs impuesto real para anticipar saldo a favor.
Decidir si conviene devolución o compensación según su calendario de impuestos.
5) Preoperativas y expansión
Definir desde ya el proceso interno de soportes (si no, se vuelve caos).
Revisar consistencia de inversiones y su efecto en impuestos.
Cierre y próximos pasos (CTA)
La devolución de saldos a favor DIAN tiene un componente técnico, sí, pero sobre todo tiene un componente de orden: plazos claros (15/20/30/50 días), requisitos bien definidos y un “expediente” coherente hacen que el proceso sea mucho más fluido.
En Acierto Contable podemos acompañarle en la recuperación de saldos a favor, validando elegibilidad, armando el expediente y definiendo si conviene devolución o compensación según su caja.
Oportunidad para fortalecer el rol estratégico de la revisoría fiscal
De “firmar estados financieros” a gestionar riesgos
El escenario actual de fiscalización DIAN empresas 2025 obliga a replantear el rol del revisor fiscal:
-
Ya no es solo quien revisa cifras, sino quien ayuda a gestionar riesgos tributarios, contables y reputacionales.
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Su informe y sus recomendaciones deben ser insumos para el gobierno corporativo y la toma de decisiones.
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La administración debería ver al revisor como un aliado estratégico para anticiparse a la DIAN, no como un trámite.
Cómo convertir la evidencia en ventaja competitiva
Una empresa con buena evidencia:
-
Responde rápido y con tranquilidad a requerimientos de la DIAN.
-
Reduce tiempos y costos asociados a fiscalizaciones.
-
Puede enfocarse en su negocio, en lugar de vivir apagando incendios tributarios.
Para empresarios y revisores fiscales, el mensaje es claro:
La revisoría fiscal DIAN del futuro se construye hoy, con evidencia sólida, procesos claros y una relación madura entre administración y revisor.
Al final, tener la casa en orden no solo evita sanciones; también genera confianza en bancos, inversionistas, clientes y proveedores.
Cómo convertir la evidencia en ventaja competitiva
Una empresa con buena evidencia:
Responde rápido y con tranquilidad a requerimientos de la DIAN.
Reduce tiempos y costos asociados a fiscalizaciones.
Puede enfocarse en su negocio, en lugar de vivir apagando incendios tributarios.
Para empresarios y revisores fiscales, el mensaje es claro:
Preguntas frecuentes sobre revisoría fiscal y DIAN
1) ¿Cuánto se demora la DIAN en devolver un saldo a favor?
Depende del caso: puede ser 15 días en devolución automática, 20 con garantía, 30 en casos específicos o 50 días en término general.
2) ¿Qué es la devolución automática DIAN de saldos a favor?
Es un mecanismo más ágil para ciertos contribuyentes y responsables que cumplan condiciones establecidas en la reglamentación (Decreto 963 de 2020).
3) ¿Cuál es el plazo máximo para solicitar devolución saldo a favor DIAN?
En condiciones generales, la solicitud debe hacerse dentro del término indicado (por ejemplo, dos años desde el vencimiento para declarar en declaración privada, según reglas aplicables).
4) ¿Quiénes pueden pedir devolución de saldo a favor en IVA?
Solo ciertos responsables, como exportadores (art. 481) y productores de bienes exentos (art. 477), entre otros casos señalados por la DIAN.
5) ¿Cómo me pagan si mi saldo a favor DIAN es mayor a 1000 UVT?
Se paga mediante TIDIS (títulos), según el ABC de devoluciones, y se expiden a través de la entidad indicada en la solicitud.
6) ¿Qué errores comunes rechazan la devolución de saldos a favor DIAN?
Inconsistencias entre declaración y soportes, documentación incompleta y radicación fuera de reglas operativas del trámite.
7) ¿Me conviene compensación de saldos a favor DIAN en vez de devolución?
Depende de su caja: si tendrá impuestos a cargo pronto, la compensación puede ser útil; si necesita liquidez, la devolución suele ser prioritaria.